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6/3/18

RECOMENDACIONES PARA LA INCLUSIÓN EN LOS DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE LA EVALUACIÓN ADECUADA DE LAS REPERCUSIONES SOBRE RED NATURA 2000 EN LOS DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE LA A.G.E.


http://www.mapama.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/evaluacion-ambiental/guiapromotoreseiayevaluacionrn200009_02_2018final_tcm7-218029.pdf?lipi=urn%3Ali%3Apage%3Ad_flagship3_feed%3BMkB2JMLHQDKvBH%2BF2XzT0g%3D%3D&licu=urn%3Ali%3Acontrol%3Ad_flagship3_feed-object

El objeto de esta Guía es facilitar a los Promotores/Consultores que intervienen en procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos cuyos órganos sustantivo y ambiental pertenecen a la Administración General del Estado una metodología para elaborar los contenidos necesarios para poder realizar una “Evaluación de repercusiones del proyecto sobre la red Natura 2000” , que sea adecuada según la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, e integrarlos de forma coherente y práctica en los principales documentos técnicos utilizados en los procedimientos de Evaluación de impacto ambiental de proyectos, regulados por la Ley 21/2013 de evaluación ambiental. 

Su contenido es de finalidad exclusivamente orientativa, derivado de la interpretación de la normativa, la práctica y la experiencia de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, completada con las sugerencias de la Subdirección General de Medio Natural. Su carácter es el de orientaciones y recomendaciones de tipo general, no constituyendo en consecuencia ni una metodología obligatoria ni un pronunciamiento oficial del Departamento sobre las materias que comprende. 

  • MAPAMA. 2018. Recomendaciones sobre la información necesaria para incluir una evaluación adecuada de repercusiones de proyectos sobre Red Natura 2000 en los documentos de evaluación de impacto ambiental de la A.G.E. Madrid. 61 pp. [PDF]

10/1/13

EL PRIMER CATÁLOGO ESPAÑOL DE ESPECIES PROTEGIDAS (1896)

Os dejo un interesante análisis sobre lo que podríamos considerar como una de las primeras normas del conservacionismo contemporáneo en España: el primer catálogo español de especies protegidas, de 1896. El autor del artículo repasa la importancia del catálogo en el contexto internacional e histórico, analiza los aciertos y errores de la ley, y el peso de algunos de los autores en su desarrollo. Así mismo, critica la escasa atención que en nuestro país se ha prestado a la evolución histórica de la normativa ambiental y de su influencia en la conservación de las especies. Breve y sin demasiadas pretensiones pero, para mi, muy interesante. A ver que os parece a vosotros…

Incluyo un extracto del original para ir abriendo boca. El texto completo podéis descargarlo de la referencia que aparece al final del post.


EL PRIMER CATÁLOGO ESPAÑOL DE ESPECIES PROTEGIDAS (1896): ANÁLISIS DE SU CONTENIDO Y AUTORÍA DE GRAELLS

Las primeras disposiciones legales importantes en materia de conservación de las especies silvestres surgieron en la segunda mitad del siglo XIX, siempre en relación con la protección de las aves (MacPherson, 1909), como por ejemplo el denominado An Act for the Preservation of Sea Birds (Kettilby, 1869). En 1884, en el Primer Congreso Ornitológico Internacional, celebrado en Viena, se sugirió la conveniencia de un convenio internacional que salvaguardara las aves en general, y que se basara en la prohibición de su caza durante la época de cría (Oustalet, 1884). En parte, este proceso cristalizó al constatarse la necesidad de promover la protección de la fauna valiosa para el sector agrario, debido a su papel auxiliar en la lucha contra las plagas del campo, reavivándose el antiguo debate sobre la presunta utilidad o perjuicio de muchas especies (Torres-Vila et al., 2009). Así, estas acciones desembocaron en nuevas iniciativas supranacionales, entre ellas la firma por doce naciones europeas, en 1902, de la Convención Internacional para la Protección de las Aves Útiles a la Agricultura, vigente durante toda la primera mitad del siglo XX (SEO, 1956; van Heijnsbergen, 1997; Boardman, 2006).

Uno de los estados firmantes de la Convención de 1902 fue España, que también había elaborado su propia normativa proteccionista (Peña, 1905; Calleja, 1926), mediante la aprobación de la Ley de 19 de septiembre de 1896, de protección de los pájaros y, sobre todo, de la Real Orden de 25 de noviembre de 1896 (en adelante RO), por la que se creaba un catálogo de aves protegidas (Ministerio de Fomento, 1896). La RO estaba constituida por una lista de ciertos grupos de aves (Alaudidae, Emberizidae, Fringillidae, Laniidae, etc.) cuya caza se prohibía durante la época de cría, y, por otro listado más detallado para cuyos componentes se establecía una protección absoluta. En definitiva, había nacido la primera norma que amparaba estrictamente a una porción de la fauna silvestre española, y cuyo contenido permaneció inalterado durante gran parte del siglo XX, al integrarse sin variación en las leyes que la sustituyeron pocos años después (Ferrero-García, 2010). 

Con la RO España se había situado al mismo nivel que otros países preocupados por el estado de conservación de sus aves, pudiéndose asegurar que una parte de su avifauna estaba, al menos sobre el papel, bien protegida (MacPherson, 1909). Sin embargo, existen muy pocos estudios que traten sobre su contenido y circunstancias, en contraposición con la atención que, en otras naciones, se ha prestado al análisis de sus primeras normas de conservación de la vida silvestre (e.g., Barclay-Smith, 1959; Marchant & Watkins, 2009). Por ello, en este trabajo se quiere realizar un acercamiento a la RO, ofreciendo una breve sinopsis de los grupos de aves que amparaba durante todo su ciclo vital, y examinando su calidad técnica en el contexto de la ciencia decimonónica. Asimismo, se ha comprobado documentalmente que el autor fundamental de esta norma fue uno de los más conocidos naturalistas españoles del siglo XIX: Mariano de la Paz Graells (1809-1898). […]

  • Ferrero-García, J.J. 2011. El primer catálogo español de especies protegidas (1896): análisis de su contenido y autoría de Graells. Graellsia 67(1): 103-107. [PDF]

13/11/12

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE EN LAS DIRECTIVAS DE AVES SILVESTRES Y DE HÁBITATS


  • Álvarez Baquerizo, C. 2011. Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en las Directivas de Aves Silvestres y de Hábitats. SEO/BirdLife. Madrid. [PDF]

15/2/10

DIRECTIVA 2009/147/CE DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2009 RELATIVA A LA CONSERVACIÓN DE LAS AVES SILVESTRES

Se trata de un refundido del texto que no aporta nada sustancialmente nuevo. Han querido organizar los múltiples cambios y dar claridad al documento, lo cual también se agradece… Según sus redactores:

1) La Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, ha sido modificada en varias ocasiones y de forma sustancial. Conviene, en aras de la claridad, proceder a la codificación de dicha Directiva.

El caso es que deroga la antigua Directiva 79/409/CEE, por lo que ahora se debe citar está última, que es la legalmente vigente. El que avisa no es traidor ;)

  • DIRECTIVA 2009/147/CE de 30 de Noviembre de 2009 relativa a la conservación de las aves silvestres. [PDF]

2/9/08

PROTECCIÓN DE LA AVIFAUNA CONTRA LA COLISIÓN Y LA ELECTROCUCIÓN EN LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN


Según una nota de prensa del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, el Consejo de Ministros a fecha de 29 de Agosto de 2008 ha aprobado un nuevo Real Decreto, de medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, que deroga el Real Decreto 263/2008 de 22 de febrero. La noticia es la siguiente:


Consejo de Ministros

Aprobado un Real Decreto de medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

La electrocución se ha convertido en el principal problema de conservación para especies tan emblemáticas como el águila imperial ibérica, el águila-azor perdicera u otras grandes rapaces.

Se calcula que varias decenas de miles de aves mueren cada año en España debido a la mortalidad provocada por los tendidos eléctricos, acarreando al mismo tiempo estas anomalías cortes e irregularidades en la distribución eléctrica.


El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto de medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, que deroga el Real Decreto 263/2008, de 22 de febrero. Este Real Decreto deroga el anterior Real Decreto (263/2008, de 22 de febrero), y con su publicación subsana el defecto formal que contenía relacionado con su notificación previa a la Comisión Europea por su contenido técnico.

La mortalidad de aves amenazadas por electrocución y colisión en las líneas eléctricas se ha incrementado de forma alarmante durante los últimos años debido a la creciente demanda de energía eléctrica que ha exigido el incremento del número de líneas y tendidos eléctricos instalados en el medio natural. Tanto es así que se ha convertido en el principal problema de conservación para especies tan emblemáticas como el águila imperial ibérica, el águila-azor perdicera u otras grandes rapaces.

Este nuevo texto tiene por objeto reducir los riesgos de electrocución y colisión para la avifauna en líneas eléctricas de alta tensión que se ubiquen en zonas de protección. Dichas zonas son los territorios designados como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA); los ámbitos de aplicación de los planes de recuperación y conservación para las especies de aves incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas o en los Catálogos autonómicos; y las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies de aves incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, o en los catálogos autonómicos, cuando dichas áreas no estén ya comprendidas en los anteriores supuestos.

El Real Decreto aprobado establece dos tipos de medidas de protección: medidas contra la colisión de las aves y medidas contra la electrocución. Ambos tipos de medidas se aplican, con carácter general a las líneas eléctricas aéreas de alta tensión de nueva construcción y a sus modificaciones.

Además, se aplica a las líneas existentes a su entrada en vigor, respecto de las medidas de protección contra la electrocución. No obstante, para estas instalaciones, las medidas contra la colisión serán de aplicación voluntaria. Asimismo, se prevé un régimen transitorio de adaptación para las instalaciones que tengan el proyecto pendiente de aprobación o que teniendo el proyecto aprobado aún no hayan entrado en funcionamiento.

La ejecución del proyecto se condiciona a la disponibilidad de la financiación prevista en el Plan de inversiones. Dicho plan debe aprobarse en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor del real decreto. Además, se da un plazo máximo de ejecución del proyecto de adaptación de dos años tras la aprobación del plan de inversiones.

Por otra parte, subsisten en todo el territorio, y también en las zonas de mayor valía ornitológica, numerosos tendidos eléctricos que fueron construidos en el pasado de acuerdo con la legislación entonces vigente, pero que constituyen, no obstante, un peligro muy importante para muchas de las especies de aves más amenazadas.

La electrocución se produce principalmente cuando las aves utilizan determinado tipo de apoyos de diseño peligroso como posadero y se produce contacto entre el ave y los elementos en tensión.

En el caso del águila imperial, una especie endémica de la Península Ibérica, en el periodo 1991-2003 murieron electrocutados un mínimo de 68 ejemplares (la población actual reproductora está compuesta tan sólo por algo más de 200 parejas), cifra que representa más del 50% de la mortalidad no natural conocida en esta especie. La electrocución afecta también a muchas especies más comunes, como águilas reales, culebreras, aguilillas calzadas, milanos negros, azores, ratoneros, cigüeñas y búhos reales, por citar algunas de las especies más afectadas.

Se calcula que varias decenas de miles de aves mueren cada año en España debido a la mortalidad provocada por los tendidos eléctricos, acarreando al mismo tiempo estas anomalías cortes e irregularidades en la distribución eléctrica.

29 de agosto de 2008
  • Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas de alta tensión [PDF]. (Actualizado a 25 de septiembre de 2008)

28/3/08

ASPECTOS NOVEDOSOS DE LA LEY DE PATRIMONIO NATURAL Y DE LA BIODIVERSIDAD


SEO/BirLife organiza una conferencia sobre la nueva ley de patrimonio natural. El objetivo es exponer las repercusiones que tendrá la ley sobre la conservación de la biodiversidad en España. Adjunto un extracto de la presentación de su página web.


El 22 de noviembre de 2007 se aprobó en el Congreso de los Diputados la nueva ley sobre la conservación del patrimonio nacional y la biodiversidad (Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad). Esta nueva ley viene a incorporar al derecho español las dos directivas europeas más importantes relativas a la conservación de espacios y especies en la Unión Europea como son las directivas de Aves y de Hábitat, las cuales habían sido penosamente traspuestas a nuestro ordenamiento jurídico. Además, la nueva ley ha incorporado numerosas mejoras como son la creación de una red de áreas marinas protegidas, o la inclusión de referencias explícitas al problema de la introducción de especies exóticas y el perjuicio que éstas suponen para la conservación de la biodiversidad.


Todas las organizaciones conservacionistas han coincidido en calificar a la nueva ley como de gran avance respecto a la antigua Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. SEO/BirdLife es una de las ONG´s que más se ha implicado durante el proceso de elaboración de la nueva ley, aportando numerosas propuestas y sugerencias. Además, considera prioritario realizar una labor de divulgación sobre cómo esta ley puede afectarnos en los próximos años, valorando su alcance real sobre la protección del medio natural en España.

Organiza SEO/BirdLife. A cargo de Juan Carlos Atienza, Coordinador del Área Conservación de Especies y Espacios. Fecha: miércoles 2 de abril. Lugar: Oficinas de Madrid de SEO/BirdLife (c/Melquiades Biencinto 34). Horario: 19:00. Se ruega confirmar asistencia llamando al teléfono 914 340 910 (9:00 a 14:00 y 15:00 a 18:00).

8/3/08

NUEVA LEGISLACIÓN SOBRE TENDIDOS ELÉCTRICOS Y AVES

Con fecha de 5 de marzo de 2008, se ha publicado en el BOE nº 56 el Real Decreto 263/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen medidas de carácter técnico en líneas eléctricas de alta tensión, con objeto de proteger la avifauna. Se pretende por tanto, incrementar las exigencias en la instalación de este tipo de infraestructuras y llenar el vacio legislativo y técnico que dejaban los anteriroes decretos. A pesar de que se trata de un paso positivo hacia la reducción de la mortalidad de aves por electrocución, en mi opinión estamos ante una medida escasa y aun poco restrictiva que unicamente estabalece unas medidas mínimas facilmente mejorables. Tenderemos que esperar unos miles de cadaveres más de especies protegidas para que la administración se atreva por fin a redactar una directrices valientes y realmente completas. A continuación añado unos extractos de la introducción de este Real Decreto y de los objetivos del mismo:

"La creciente demanda de energía eléctrica exige el incremento del número de líneas y tendidos eléctricos instalados en el medio natural que, por falta de una normativa específica, carecen de los necesarios elementos o de las adecuadas medidas protectoras que aseguren su inocuidad para las aves, con el subsiguiente riesgo de electrocución o de colisión de éstas en dichas infraestructuras, sobre todo para algunas especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, regulado en el artículo 55 de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. En este contexto, las investigaciones actuales sobre las causas de mortandad no natural más frecuentes en la avifauna, han puesto de manifiesto que entre las principales se encuentran la electrocución y la colisión en las estructuras de conducción eléctrica, hasta el punto de suponer actualmente el principal problema de conservación para especies tan emblemáticas como el águila imperial ibérica, el águila-azor perdicera u otras grandes rapaces. La electrocución afecta también a muchas especies más comunes, como águilas reales, culebreras, aguilillas calzadas, milanos negros, azores, ratoneros, cigüeñas y búhos reales, por citar algunas de las especies más afectadas. Se calcula que al menos varias decenas de miles de aves mueren cada año en España debido los tendidos eléctricos, acarreando al mismo tiempo estas anomalías cortes e irregularidades en la distribución eléctrica. Todo ello aconseja adoptar cuantas medidas electro-técnicas sean posibles para evitar o al menos reducir la citada mortalidad. [...]"

"Este real decreto tiene por objeto establecer normas de carácter técnico de aplicación a las líneas eléctricas aéreas de alta tensión con conductores desnudos situadas en las zonas de protección definidas en el artículo 3, con el fin de reducir los riesgos de electrocución y colisión para la avifauna, lo que redundará a su vez en una mejor calidad del servicio de suministro."

El real decreto puede descragarse en pdf desde AQUÍ.

Nuevo decreto que deroga el Real Decreto 263/2008: Real Decreto 1432/2008 (actualizado a 25 de septiembre de 2008)